domingo, 30 de noviembre de 2014

Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO)

El Octubre de 2014 el Gobierno decidió modificar la estructura del Ministerio del Interior unificando los dos servicios que se dedicaban a coordinar la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado:
En un único departamento: el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), que depende directamente del Secretario de Estado de Seguridad.

Motivación:
La vinculación entre terrorismo y crimen organizado es un hecho objetivo. Tanto el CNCA como el CICO tienen como misión recibir, integrar y analizar la información estratégica disponible en sus respectivos campos que permita planificar las respuestas a las amenazas que el terrorismo y el crimen organizado plantean a la sociedad española.

Para la mejora del intercambio de información entre organismos especializados encargados de analizar la amenaza terrorista y la relacionada con el crimen organizado y el extremismo violento, se considera necesario crear un nuevo órgano, directamente dependiente del Secretario de Estado de Seguridad, que asuma las funciones del CICO y del CNCA.

Este órgano, denominado Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado(CITCO), impulsará y coordinará la integración y valoración de cuantas informaciones y análisis operativos dispongan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de terrorismo, crimen organizado y radicalismo violento, para la elaboración de inteligencia criminal estratégica, el establecimiento de criterios de actuación y coordinación operativa entre organismos concurrentes, y el diseño de estrategias globales de lucha contra estos fenómenos.

Funciones:
Al Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO con nivel orgánico de subdirección general, le corresponde la recepción, integración y análisis de la información estratégica disponible en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada, terrorismo y radicalismo violento, el diseño de estrategias específicas contra estas amenazas, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de actuación y coordinación operativa de los organismos actuantes en los supuestos de coincidencia o concurrencia en las investigaciones, y en particular:

1.º Recibir, integrar y analizar informaciones y análisis operativos relacionados con la delincuencia organizada o especialmente grave, el terrorismo y el radicalismo violento que sean relevantes o necesarios para la elaboración de la inteligencia criminal estratégica y de prospectiva en relación con estos fenómenos, tanto en su proyección nacional como internacional, integrando y canalizando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la información operativa que reciba o capte.

2.º Dictar, determinar y establecer, en los supuestos de intervención conjunta o concurrente, los criterios de coordinación y de actuación de las unidades operativas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y la de éstos con otros organismos intervinientes, en función de sus competencias propias o de apoyo a la intervención.

3.º Elaborar informes anuales sobre la situación de la criminalidad organizada, el terrorismo y el radicalismo violento en España, así como una evaluación periódica de la amenaza en estos campos.

4.º Elaborar y difundir las informaciones estadísticas relacionadas con estas materias.

5.º Proponer las estrategias nacionales contra el crimen organizado, el terrorismo y el radicalismo violento y actualizarlas de forma permanente, coordinando y verificando su desarrollo y ejecución.

6.º Desarrollar las competencias específicas que las diferentes disposiciones y acuerdos, tanto nacionales como internacionales, encomiendan al Ministerio del Interior en materia de lucha antiterrorista y contra el crimen organizado.

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