martes, 12 de mayo de 2015

ABIERTO EL PLAZO PARA LAS OPOSICIONES A POLICÍA NACIONAL 2015.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/05/12/pdfs/BOE-A-2015-5247.pdf


http://www.policia.es/oposiciones/instr_instancias.html

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  1. Año 2015
    • Resolución de 29 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para el ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.
    • Inscripción de instancias desde el día 13-05-2015 hasta el día 01-06-2015, ambos inclusive.
    • Requisitos de ingreso para los aspirantes

      Para ingresar en el Cuerpo Nacional de Policía será necesario reunir los siguientes requisitos:
      GENERALES
      Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18 de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
      • Ser español
      • Tener dieciocho años de edad.
      • Tener una estatura mínima de 1,65(**) metros los hombres y 1,60(*) las mujeres. Este requisito se comprobará en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización de la prueba de aptitud física.
      • Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
      • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
      • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
      Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase A previsto en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 18/2009, de 8 de mayo; y la autorización (B.T.P.) prevista en ambos Reglamentos, antes de la fecha límite que se acuerde en la oportuna convocatoria.
      Los interesados en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir y acreditar, el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito en el plazo mencionado comportará la adscripción a las plazas de turno libre.
      * Publicado en el BOE número 56 de 7 de marzo de 2006 el Real Decreto 249/2006, de 3 de marzo, por el que se modifica el Artículo 7 párrafo c) del
      Reglamento vigente de procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía.
      ** Publicado en BOE número 81 de 4 de abril de 2007: 440/2007, de 3 de abril, por el que se modifica el Reglamento de procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995,de 21 de abril.
      La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: de conocimientos, de aptitud física, psicotécnica y reconocimiento médico.
      Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán al Centro de Formación, donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera del Cuerpo Nacional de Policía.
      ESPECÍFICOS
      Inspector
      • Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o formación equivalente o superior.
      Policía
      • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria u otros equivalentes o superiores.
      COMPROBACIÓN DE LOS REQUISITOS DURANTE EL PROCESO.
      Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.

      Le recomendamos consulte las bases de la oportuna convocatoria, esta se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
  2. Exclusiones Médicas
    Talla
    1. Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
    Obesidad y Delgadez
    1. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
    Exclusiones Circunstanciales
    1. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
    2. En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad del Cuerpo Nacional de Policía certificanrán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
    Exclusiones definitivas
    1. Ojo y visión.

      • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
      • Queratomía radial.
      • Desprendimiento de retina.
      • Estrabismo.
      • Hemianopsias.
      • Discromatopsias.
      • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
    2. Oído y Audicción.

      • Agudeza auditiva que suponga una perdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
    Otras exclusiones
    1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
    2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
    3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
    4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
    5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
    6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
    7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.
Para aclarar dudas, pueden dirigirse a:
Teléfonos: 91 322 75 97 y 91 322 75 98
Correo electrónico: Contacto

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Instrucciones para cumplimentar solicitud inscripción oposición
La formalización de instancias se realiza a través de la

Sede Electrónica.Sede Electrónica del Cuerpo Nacional de Policía
La Aplicación permanecerá abierte sólo durante el plazo de presentación de instancias que la oportuna convocatoria determine. No se pueden formalizar las instancias fuera de ese plazo. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial del Estado (www.boe.es ). Para la categoría de Policía suele ser publicada hacia el segundo trimestre del año, mientras que para la categoría de Inspector tiene lugar hacia el mes de septiembre.
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LA OPOSICIÓN DE INGRESO A LA ESCALA BÁSICA (POLICÍA) Y A LA ESCALA EJECUTIVA (INSPECTOR)
PLAZO
La aplicación estará activa durante VEINTE DIAS naturales, que es el plazo para solicitar la admisión al proceso. Este plazo empieza a contar al día siguiente de la publicación de la RESOLUCIÓN en el Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
PROCEDIMIENTO
Las solicitudes se realizarán a través de la página www.policia.es a la que se puede acceder a través de Internet, o a través de la Intranet corporativa (página oficial del Cuerpo Nacional de Policía), rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790.
Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Cumplimentar los datos rellenando el formulario que se indica en la misma.
2. Una vez consignados los datos de dicho formulario descargar e imprimir el modelo 790 que genera la aplicación por triplicado ejemplar (“ejemplar para la Administración”, “ejemplar para el interesado” y “ejemplar para la entidad colaboradora”).
3. Firmar la solicitud, en la que además otorga su autorización para recabar los datos del Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, de la Dirección General de Tráfico, y del Sistema de Verificación de datos de Identidad. No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma se podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.
4. El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud cumplimentados en la forma descrita se presentarán en cualquier entidad bancaria de las mencionadas en la base 3.3 para hacer efectivo el pago de la tasa (que se indique en la oportuna convocatoria), dentro del plazo de presentación de solicitudes.
5. Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes, el “ejemplar para la administración” del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación mecánica del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. En caso de presentarse a las plazas reservadas a militares de tropa y marinería deberá presentar asimismo, dentro del plazo de inscripción, certificación de la condición de militar de tropa y marinería con una antigüedad de 5 años como tal.
La solicitud sólo producirá efectos una vez presentado el “ejemplar para la administración” del modelo 790 ante cualquiera de las oficinas señaladas en el punto cuarto.
INSCRIPCIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO
De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de 9 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se aprueba el modelo de impreso sobre solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública, liquidación de la tasa de derechos de examen y se dictan instrucciones complementarias sobre su aplicación a quienes se inscriban o presenten su solicitud en el extranjero, deberán efectuar el ingreso en la cuenta restringida siguiente.
Título de la cuenta: Tesoro Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero. Entidad: BBVA. Oficina institucional. Calle Alcalá, 16. Madrid 28014. Código Internacional de cuenta bancaria: IBAN ES10 Número de Cuenta: 0182 2458 10 0200006043
EXENCIONES DEL PAGO DE TASA Y BONIFICACIONES
1. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisito para el disfrute de la exención, en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en el cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa suscrita por el solicitante, cuyo modelo también podrá descargarse de la página www.policia.es Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud de participación en el proceso.
2.Quienes acrediten ser miembro de familia numerosa clasificada en la “categoría especial”, a cuyo efectos se adjuntará fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
BONIFICACIONES

Tendrán una bonificación del 50% en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en “categoría general”; para ello deberán aportar fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
En ningún caso son válidas las fotocopias del impreso modelo 790. Cada interesado cumplimentará el ejemplar correspondiente, ya que el número del código de barras es único para cada solicitante, y cada solicitante solo puede tener un único número de código de barras.
Si existieran problemas a la hora de realizar la inscripción, o a la hora de generar los impresos del modelo 790, los interesados podrán ser informados y auxiliados en las diferentes plantillas policiales.
No obstante en el Área de procesos Selectivos de la División de Formación y Perfeccionamiento, será atendida cualquier duda a través de los teléfonos 91.322.75.97/98.

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