Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de
enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de
los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la
Policía.
En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de
enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de
los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la
Policía, en el que se relacionan las unidades de extranjería y
documentación, se incluirá la Unidad de Extranjería y Documentación de
Castro-Urdiales, cuyo órgano de adscripción será la Jefatura Superior de
Policía de Cantabria, quedando redactado de la siguiente forma:
«ANEXO VI
Unidades de Extranjería y Documentación
Unidad de Extranjería y Documentación
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Órgano al que está adscrito
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---|---|
Alcañices
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Comisaría Provincial de Zamora.
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Arganda del Rey
|
Jefatura Superior de Policía de Madrid.
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Camprodón
|
Comisaría Provincial de Girona.
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Canfranc
|
Comisaría Provincial de Huesca.
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Caya/Elvas
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Jefatura Superior de Policía de Badajoz.
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Castro Urdiales
|
Jefatura Superior de Policía de Cantabria.
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Chiclana de la Frontera
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Comisaría Provincial de Cádiz.
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Dancharinea
|
Jefatura Superior de Policía de Navarra.
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Irún
|
Comisaría Local de Irún.
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La Junquera
|
Comisaría Provincial de Girona.
|
Les
|
Comisaría Provincial de Lleida.
|
Portbou
|
Comisaría Provincial de Girona.
|
Puigcerdá
|
Comisaría Provincial de Girona.
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Salvaterra de Miño
|
Comisaría Provincial de Pontevedra.
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Santa Lucía de Tirajana
|
Jefatura Superior de Policía de Canarias.
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Tomelloso
|
Comisaría Provincial de Ciudad Real.
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Tui/Valença do Minho
|
Comisaría Provincial de Pontevedra.
|
Vila Real de Santo Antonio/Ayamonte
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Comisaría Provincial de Huelva.
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Vilar Formoso/Fuentes de Oñoro
|
Comisaría Provincial de Salamanca.
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Valcarlos
|
Jefatura Superior de Policía de Navarra.
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Valencia de Alcántara
|
Comisaría Provincial de Cáceres.
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Verín
|
Comisaría Provincial de Ourense.»
|
Disposición adicional única. Gasto público.
La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público en materia de gastos de personal.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de
la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones
requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de febrero de 2014.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
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